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CONTRIBUCIÓN SOBRE INMUEBLES 2019

MUNICIPALIDAD DE CHARRAS

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 655/2018

ORDENANZA TARIFARÍA ANUAL 2.019

TÍTULO 1

CONTRIBUCIÓN QUE INCIDE SOBRE LOS INMUEBLES

Artículo 1º: A los fines de la aplicación del Artículo 178º del Código Tributario Municipal, divídase el Radio Municipal conforme a la demarcación efectuada en planos adjuntos, los que debidamente firmados y sellados, deberán considerarse parte integrante de la presente Ordenanza Tarifaría.

Artículo 2º: Fijase la siguiente tasa unificada integrada sobre las propiedades, en acuerdo a los importes que a continuación se detallan:

  1. Valor por metro lineal de frente y por año para “ÚNICA PROPIEDAD”

a.1.) Zona “A” Edificado .................................. $ 67,50

a.2.) Zona “A” Baldío ……................................... $ 77,70

a.3.) Zona “B” Edificado ................................... $ 67,50

a.4.) Zona “B” Baldío ........................................ $ 77,70

Artículo 3º: Los inmuebles que tengan dos o más frentes en una misma o distintas zonas, tributarán por la sumatoria de sus frentes; siendo:

  1. Sobre los primeros 50 metros, la tasa que corresponda

  2. sobre lo que exceda de los 50 metros del inciso anterior, la tasa establecida reducida en un veinte (20) por ciento.

Para el caso de inmuebles “Baldíos” única propiedad, la reducción aplicada tendrá vigencia, solamente cuando esté destinado a la construcción de vivienda única.

Mínimo

Artículo 5º: El importe mínimo a tributar, cualquiera sea la zona, categoría y/o porcentaje asignado, se establecerá sobre la base de veinticinco (25) metros lineales.

Pago del Tributo

Artículo 7º: La contribución establecida en el presente título se abonará en 12 cuotas consecutivas, cuyo vencimiento operará:

1º Cuota:el 11 de febrero de 2019

2° Cuota: el 11 de marzo de 2019

3º Cuota: el 10 de abril de 2019

4° Cuota: el 10 de mayo de 2019

5º Cuota: el 10 de junio de 2019

6° Cuota: el 10 de julio de 2019

7º Cuota: el 12 de agosto de 2019

8° Cuota: el 10 de septiembre de 2019

9º Cuota: el 10 de octubre de 2019

10° Cuota: el 11 de noviembre de 2019

11º Cuota: el 10 de diciembre de 2019

12° Cuota: el 10 de enero de 2020

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